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Empleo

¿Eres trabajador? Estas son las prestaciones mínimas de Ley en México 2022

19-08-2022, 4:27:51 PM Por:
¿Eres trabajador? Estas son las prestaciones mínimas de Ley en México 2022
© Depositphotos

Esta es la lista de prestaciones laborales mínimas a las que todo trabajador tiene derecho en México, según la Profedet.

¿Estás en busca de un trabajo? Es habitual que lo primero que quieras evaluar es que tan conveniente es o no tu nuevo empleo. Debes saber que la Ley Federal del trabajo estipula algunas prestaciones que toda persona contratada por un patrón o empresa deberían recibir como mínimo. Se trata de las prestaciones de Ley en México, mismas que según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) pueden ser todavía mayores según cada compañía. 

En caso de que no conozcas detalladamente cuáles son las prestaciones mínimas que la Ley Federal del Trabajo establece, aquí te ponemos la lista completa. Con este listado podrás revisar si tus empleadores te las otorgan, según las normas en vigor, o si están vulnerando tus derechos, sin tener que trasladarte a las oficinas de la Profedet.

De igual forma, la Profedet aclara que las prestaciones que se señalan en este apartado son las mínimas que establece la Ley Federal del Trabajo, donde cabe la posibilidad de que los Contratos Ley, Contratos Colectivos de Trabajo, Contratos Individuales de Trabajo, Reglamentos, Condiciones Generales de Trabajo y Manuales de Prestaciones, establezcan mayores prestaciones de las mencionadas.

Prestaciones mínimas de Ley en México 2022

Las prestaciones son los beneficios a los que un trabajador accede en una relación laboral, son independientes al salario, en caso de trabajar para una persona moral o física, y si tu empleo es como subordinado, debes tener hora de entrada y salida.

De acuerdo con la Profedet y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), las prestaciones mínimas que establece la Ley Federal del Trabajo son las siguientes: 

1. Aguinaldo

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir cierta cantidad de dinero antes del 20 de diciembre de cada año. El aguinaldo debe de ser, como mínimo, lo equivalente a 15 días de salario. 

2. Vacaciones y prima vacacional

La Profedet dice que los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones.

3. Prima dominical

Se trata del monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el día domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana.

4. Días de descanso

Es el día de descanso semanal, derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso, por cada seis laborados. Día de descanso obligatorio es el derecho que tiene el trabajador a disfrutar conforme al calendario que establece la ley.

5. Licencia de maternidad

Se trata del derecho que tienen las mujeres trabajadoras antes y después del parto para no asistir a sus labores, con el objeto de proteger la maternidad y cuidado del infante.

6. Licencia por paternidad y adopción

Consiste en un permiso de cinco días hábiles, con goce de sueldo, que tienen los padres trabajadores para no asistir a su trabajo por el nacimiento de sus hijos y de igual manera, por la adopción de un menor.

7. Periodo de lactancia

Todas las madres trabajadoras, hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa.

8. Prima de antigüedad

Este es el pago que deben realizar los empleadores a las personas trabajadoras que se separan de manera voluntaria de su empleo, siempre y cuando hayan cumplido, por lo menos, 15 años de servicio.

9. Prestaciones derivadas de la renuncia

Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados, aguinaldo, prima vacacional, participación de utilidades adeudadas y prima de antigüedad, siempre que hayas laborado 15 años o más. 

10. Prestaciones derivadas al despido injustificado

Sucede cuando el patrón termina la relación laboral, siempre y cuando no haya una causa justificada.

11. Participación de utilidades

Es el derecho que tienen los trabajadores a recibir una parte de las ganancias obtenidas por su patrón en el año anterior, por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

Si tienes dudas o inquietudes, puedes buscar la asesoría gratuita que ofrece la Profedet.

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