Buscador
Ver revista digital
Economía

No, no será ilegal reparar tus aparatos con la Ley de Derechos de Autor

23-07-2020, 6:00:00 AM Por:
No, no será ilegal reparar tus aparatos con la Ley de Derechos de Autor
© Envato Elements

La recién reformada Ley Federal de Derechos de Autor causó controversia. Desmontamos los mitos alrededor de estos cambios que entraron con el T-MEC.

Desde que se aprobaron las reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor a principios de julio, han surgido numerosas críticas sobre las implicaciones que tendrían estos cambios para la libertad de expresión y sobre cómo utilizan las personas sus aparatos tecnológicos.

Hay dos críticas principales: La primera es que esta ley puede usarse como instrumento de censura y, la segunda es que, bajo la nueva legislación, las personas no autorizadas no podrían manipular un artículo tecnológico, como un Smartphone o computadora. Es decir, sería ilegal reparar un artículo tecnológico.

Empecemos por la segunda: No, no será ilegal que repares tus aparatos con la nueva ley de derechos de autor.

Ninguna disposición de la reforma dice que la reparación de aparatos tecnológicos está prohibida, si lo hace uno mismo o alguien más”, explica Mariza de la Mora, consultora de Servicios Jurídicos de ClarkeModet México.

Inclusive, la misma ley dice que no se considerará como violación la elusión o evasión de una medida tecnológica que controle una obra cuando una persona lo haga de buena fe, para mejorar la protección de la misma.

Por ejemplo, si quieres proteger ciertos archivos de tu computadora o probar la seguridad de un sistema, puedes hacerlo por ti mismo (u otra persona con tu autorización) sin que eso se considere una violación a la ley.

Una vez aclarado que no habrá problemas si quieres reparar tu Smartphone, computadora o consola de videojuegos, vamos a la otra parte de la reforma que ha generado controversia.

Reparar celulares
Envato Elemets

Proveedores de internet y proveedores en línea

Las reformas a la ley de derechos de autor fueron hechas para adaptarse a la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) el 1 de julio. Se añadieron mecanismos para que personas y empresas puedan denunciar si alguna obra o contenido propio fueron reproducidos o copiados sin autorización en internet y solicitar a la plataforma o proveedor donde se haya publicado, se retire.

Para esto, es importante distinguir entre dos tipos de actores:  

Los Proveedores de Servicio de Internet (ISP). Estas son las compañías que venden el acceso a internet, como Izzi, Megacable, Totalplay, Telmex, etc.

Reuters

Los Proveedores de Servicio en Línea (PSL). Son aquellas compañías de almacenamiento temporal por un proceso automático o a petición de usuario, del material en la red o direccionamiento de usuarios a un sitio en línea mediante el uso de herramientas de búsqueda e información, incluyendo hipervínculos y directorios.

Es decir, compañías como Google, YouTube y Facebook, sitios de internet y otros buscadores.

Google
Depositphotos

Los proveedores de servicio en línea tendrán un papel relevante con la nueva Ley, pues serán los encargados de recibir dar respuesta las quejas sobre violaciones a derechos de autor.

Por ejemplo, si un partido de futbol está en exclusiva con una televisora, pero esta descubre que el partido se retransmite en vivo por YouTube sin su autorización, puede avisar que el usuario incurre en una infracción a los derechos de autor y pedir que se retire su contenido de esa plataforma. Esto ya ocurre en la práctica, lo que hace la ley es que se regulan estas acciones en nuestro país.

Notificación y retirada

Este es el mecanismo con el que se dará aviso a la plataforma digital que un contenido publicado viola la ley. Este aviso se dará mediante un formulario (que aún no se publica) que debe contener como requisitos mínimos:

  • Nombre del titular o representante legal y medio de contacto para recibir notificación;
  • Identificación del contenido de la infracción reclamada;
  • Manifestar el interés o derecho con respecto a los derechos de autor,
  • Y especificar datos de la ubicación electrónica a la que se refiere la infracción reclamada.

Una vez que el proveedor tenga conocimiento del aviso y compruebe la existencia de la infracción, podrá remover, retirar, eliminar o inhabilitar de manera expedita y eficaz, el acceso a contenidos dispuestos, habilitados o transmitidos sin el consentimiento del titular.

Si el usuario cuyo contenido fue inhabilitado o removido considera que hay un error, puede mandar un contra-aviso al proveedor en el que deberá demostrar que es el titular de dicho contenido o justificar su uso. Entonces, el proveedor habilitará el contenido de nuevo. ¿Pero qué pasa si quien hizo el reclamo original está inconforme? Podrá hacer iniciar un procedimiento judicial o administrativo en un plazo no mayor a 15 días después de que se le haya avisado del contra aviso.

La organización Artículo 19 considera que el mecanismo de notificación y retirada “destruirá el debido proceso y habilitará la censura masiva de contenidos e informaciones de Internet”. No obstante, esta forma de retirar contenidos no es nueva, pues ya se usa en Facebook y YouTube (notice and takedown), con la que igualmente se pide inhabilitar un contenido que, se presume, infringe los derechos de autor.

industrias
Depositphotos

“No se está censurando contenido alguno, solamente se les está dando su lugar a los autores y los titulares de los derechos. Ya que es muy fácil infringir los derechos en esos sitios con video o imagen. Eso genera grandes pérdidas a las industrias creativas, medios de comunicación, deportes”, comenta Mariza de la Mora.

La especialista recuerda que los derechos de autor también son derechos humanos, pues se reconoce la necesidad de un creador de vivir de su obra y que reciba ingresos de la misma.

Los pendientes de la reforma

Pese a las buenas intenciones que se tengan para proteger los derechos de autor en internet, esta ley aún tiene retos que superar para que su propósito se lleve a cabo. Mariza de la Mora, de ClarkeModet, indica que uno de ellos es saber cómo estará compuesto el formulario con los que se harán los avisos de notificación y retirada. “Aún no tenemos un reglamento que nos diga cómo va a estar compuesto este formulario.”

Por otro lado, será importante definir qué tipo de pruebas aceptará el proveedor de servicios para demostrar la titularidad de un contenido.

“En los derechos de autor, no es necesario registrar (el contenido) para que tenga protección. Va a ser complicado que (los proveedores en línea) les pidan el título de registro porque no es una formalidad, pero en la práctica o al menos antes de la reforma, es lo que han estado pidiendo estos tipos de proveedores, Facebook o quien sea”, advierte la especialista.

Hasta que no se resuelvan estos puntos, no sabremos qué tan efectiva será la reforma para proteger los derechos de autor de particulares en internet. Mientras tanto, no te preocupes si tienes que reparar tus aparatos.

Recomendamos: La reforma laboral garantiza libertad sindical y es gracias al T-MEC

autor Periodista. Finanzas públicas, energía, negocios, innovación y las historias que contienen.

Comentarios