¡Cuidado! Las facturas falsas ya ameritan prisión preventiva automática
A pesar de que es una sanción adelantada que viola DDHH, el Congreso incluyó esta figura para quien expida o reciba comprobantes fiscales falsos.
Desde el primer día de este 2025 “cualquier actividad” que se relacione con el uso o emisión de facturas falsas se considera en México un delito que amerita prisión preventiva automática u oficiosa, de acuerdo con una nueva reforma al artículo 19 de la Constitución con la que, nuevamente, se amplía el catálogo de ilícitos en los que el juez de control está obligado a encarcelar a los acusados.
Estos cambios a la carta magna son especialmente graves debido a que la prisión preventiva oficiosa constituye una sanción adelantada que trasgrede la Convención Americana sobre Derechos Humanos, además de que el Congreso incluyó esta figura de manera ambigua a todo lo que se relacione con facturas falsas.
La reforma establece que “cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales” amerita prisión preventiva automática, por lo que -por ejemplo- si se recibe una factura falsa, aunque no se tenga la intención de delinquir, el contribuyente receptor será encarcelado sin posibilidad de enfrentar su proceso penal en libertad.
Esto es violatorio de los derechos de presunción de inocencia, integridad personal, libertad, garantías judiciales e igualdad.
Además, la ampliación de la prisión preventiva oficiosa incumple con las dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en las que México fue condenado, en 2023, por el uso de esta figura.
De hecho, en estos fallos la Corte IDH ordenó a nuestro país dejar sin efecto en su legislación interna este tipo de prisión que no es razonable, ni proporcional, y también es contraria a los derechos fundamentales contemplados en la misma Constitución mexicana.
Evita riesgos
De acuerdo con el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), al que por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, se le impondrá una sanción de dos a nueve años de prisión.
Asimismo, se comete el delito de defraudación fiscal calificada si se usan documentos falsos, según el artículo 108 del CFF.
Todos estos tipos penales son actividades relacionadas con comprobantes fiscales falsos, como lo dice la reforma constitucional que amplía la prisión preventiva oficiosa, por lo que es importante evitar recibir una factura apócrifa.
Lamentablemente, en México no es extraña la falsificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, conocidos como CFDI, los cuales son las facturas que se solicitan cuando se adquiere un producto o servicio, con el fin de deducirlos o comprobar tus gastos.
En estos casos, para evitar el pago de impuestos, empresas o personas físicas que venden mercancías o prestan servicios cometen un delito fiscal si emiten una factura falsa, pero también incurre en un ilícito el que la recibe, aunque este último no sepa que se trata de un documento fraudulento.
Por ende, lo más recomendable es comprobar si la factura que se recibe es verdadera, para ello hay que seguir los siguientes pasos:
- En el comprobante o CFDI que recibas (en formato pdf) hay que ubicar el Folio Fiscal, se trata de una clave compuesta por números y letras que es distinta en cada factura, y que va antecedida de las palabras Folio Fiscal o la abreviación UUID
- Entra a la página de internet del verificador de facturas del Servicio de Administración Tributaria (SAT): https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx
- En ese sitio, en el primer recuadro debes escribir el Folio Fiscal de la factura que te enviaron, en el segundo el Registro Federal de Causantes (RFC) de quien te mandó o emitió la factura; el tercer apartado está dedicado a tu propio Registro Federal de Causantes (“RFC receptor”), no olvides que todos los RFC deben incluir la homoclave.
- Enseguida inserta los números o letras que aparecen en la imagen de la izquierda de la pantalla. Luego presiona Verificar CFDI. Si la factura es verdadera y no tiene ninguna irregularidad te aparecerá un resultado como este, el cual puedes imprimir y conservar:
Hay ocasiones en las que el servidor del SAT está muy saturado y tras oprimir Verificar CFDI el resultado puede ser que “no existen datos de esa factura”, o que ese CFDI no está registrado. No te alarmes, eso no significa necesariamente que tu factura sea falsa, sino que se trata de una deficiencia de la página de internet del SAT.
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En estos casos debes esperar unas horas para volver a intentar la verificación, pero si después de dos días hábiles no obtienes un resultado positivo, entonces la factura electrónica que te dieron sí es apócrifa, por lo que debes reportarlo en el SAT, de lo contrario te ubicarías en el supuesto que se plantea en la reforma al artículo 19 de la Constitución.
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