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¿Cuáles son las obligaciones fiscales en 2025?

19-12-2024, 6:00:00 AM Por:
¿Cuáles son las obligaciones fiscales en 2025?
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Este es el calendario de obligaciones fiscales de 2025 para personas físicas y morales.

Como cada año, desde el Instituto Mexicano de Contadores Públicos presentamos una serie de recomendaciones para que, en el ejercicio 2025, las personas físicas y como morales, cumplan con las obligaciones fiscales en tiempo y forma, de acuerdo a las fechas dictadas por las autoridades.

De esta manera las personas empresarias y físicas podrán atender sus compromisos como contribuyentes y, al mismo tiempo, evitarán contratiempos al entregar declaraciones con respecto a nuestra actividad económica.

¿Cuáles son las fechas clave para las personas físicas?

En estos casos, existen diversas obligaciones para el régimen de incorporación fiscal, actividad empresarial, asalariados, entre otros, por lo cual, te recomiendo apuntar bien estas fechas en el calendario del 2025:

  • Declaración Anual: La principal obligación fiscal para las personas físicas es la presentación de la declaración anual 2024, que deberá quedar lista a más tardar el 30 de abril de 2025. Recordemos que, en esta declaración, se informan los ingresos obtenidos durante el año fiscal anterior, así como las deducciones permitidas, lo cual puede resultar en un saldo a favor o a cargo.
  • Declaraciones Provisionales Mensuales: Para las personas físicas que tributan bajo el régimen general, están obligados a presentar declaraciones provisionales mensuales para calcular el impuesto sobre la renta (ISR). Estas deben presentarse a más tardar el día 17 de cada mes contemplando los ingresos obtenidos en el mes anterior. Esta fecha aplica también para el Pago de Impuestos comoel ISR o el IVA (cuando este corresponda).
  • Obligaciones ante el IMSS y el INFONAVIT: Las personas físicas que contraten trabajadores, deberán cumplir con las obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e INFONAVIT, entregando las cuotas correspondientes a la seguridad social y prestaciones a los empleados. El plazo de pago es, generalmente, el día 17 del mes siguiente.

Para el caso de las personas morales

Todas las personas morales que son empresas o sociedades, tienen que cumplir con un conjunto de obligaciones fiscales más complejas, lo que se encuentra alineado a su estructura y actividades, por lo cual, deben colocar estos días en su agenda 2025.

  • Declaración Anual del ISR: Al igual que las personas físicas, las personas morales deben presentar su declaración anual del ISR 2024 y la fecha límite para hacerlo es el 31 de marzo de 2025 para las personas morales con ejercicio fiscal coincidente con el año calendario. En esta declaración se informan los ingresos, deducciones y el cálculo del ISR a pagar.
  • Donatarias autorizadas: Estas deberán presentar la declaración anual a más tardar el 15 de febrero de cada año, en la que informarán al SAT de los ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas.
  • Declaraciones Provisionales Mensuales: Las personas morales también deben presentar declaraciones provisionales mensuales, que incluyen el pago de ISR, IVA y otros impuestos. Estas declaraciones deben presentarse a más tardar el 17 de cada mes.
  • Retenciones de ISR: Las empresas que realicen pagos a trabajadores, proveedores o a otras personas físicas deben realizar retenciones de ISR. Estas retenciones deben ser reportadas y pagadas en las declaraciones provisionales correspondientes.
  • Pago de IVA: Las personas morales que estén obligadas a pagar IVA, deberán presentar las declaraciones correspondientes del impuesto y pagar el monto determinado dentro de los plazos establecidos, que son mensuales y con vencimiento el 17 del mes siguiente.
  • Otras Obligaciones: Además de las anteriores, las personas morales deben cumplir con otras obligaciones como el cálculo y pago de impuestos especiales (como el IETU, cuando corresponda), declaraciones informativas y el cumplimiento con la contabilidad electrónica, entre otras. Es de destacar que el cumplimiento puntual de estas obligaciones es clave para evitar sanciones fiscales.

Otros aspectos a considerar refieren a los cambios y actualizaciones fiscales que se podrán presentar en 2025, reformas fiscales y modificaciones en leyes tributarias que publica el SAT de forma periódica, por lo que es recomendable seguir de cerca los avisos emitidos por la autoridad para evitar caer en faltas.

Posibles sanciones ante el incumplimiento de obligaciones fiscales

Es importante tener en consideración los plazos y sanciones que pudieran presentarse por el incumplimiento en la presentación de las declaraciones o el pago de impuestos, lo cual, puede resultar en multas y recargos, por ello es crucial cumplir con las fechas establecidas para evitar cargos adicionales.

Por lo que respecta al sistema para presentar la declaración anual para personas físicas, es de mencionar que el SAT ha impulsado la simplificación de procesos, entre ellos, la presentación de la declaración anual para personas físicas a través de su plataforma digital, por lo que se espera que en 2025 este proceso sea aún más ágil y accesible.

Ahora bien, otro rubro a tener en consideración es lo referido en el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF), respecto a la prórroga de plazo; es decir, que si el ultimo día del plazo o en la fecha determinada las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, aunque lo ideal es cumplir con los trámites con antelación.

En resumen, el calendario de obligaciones fiscales 2025 para personas físicas y morales, está compuesto por diversas fechas clave que implican tanto las declaraciones como los pagos de impuestos, y el cumplimiento oportuno de estas obligaciones es fundamental para evitar sanciones y optimizar la carga fiscal.

Es esencial que los contribuyentes se mantengan informados sobre los plazos y reformas fiscales para asegurar que su situación fiscal esté en regla y, también, que se aprovechen todas las facilidades y beneficios que el sistema tributario ofrece.

En el Instituto Mexicano de Contadores Públicos brindamos la asesoría correspondiente a nuestra membresía respecto a estos y demás temas fiscales que resulten de interés para los contribuyentes, asimismo colaboramos con las autoridades fiscales competentes en beneficio de las y los contribuyentes de México en general.

Nota del editor: Este texto pertenece a nuestra sección de Opinión y refleja únicamente la visión del autor, no necesariamente el punto de vista de Alto Nivel.

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El Mtro. Héctor Amaya Estrella es Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, licenciado en Derecho y cuenta con estudios de Doctorado en Derecho Tributario.
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