¿Cómo te puedes amparar contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil?
Tienes hasta el 31 de mayo para recurrir a formatos gratuitos o a litigantes que están promoviendo estos juicios probono, es decir, sin costo.
Si no estás de acuerdo con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), que exige a todo aquel que posea una línea de teléfono celular que proporcione sus datos biométricos, tienes la opción de promover un amparo indirecto en contra de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, que desde el sábado pasado incluyó esa nueva obligación.
De entrada, ya hay formatos de demandas de amparo que han sido elaborados por litigantes, sin costo alguno, y que las han publicado en redes sociales para que todo aquel que lo desee tramite su propio juicio de amparo, e incluso, hay otros abogados que ofrecen sus servicios probono (gratuitamente) de asesoría y acompañamiento.
Hasta ahora, en la primera semana de vigencia de las modificaciones legales que crean el PANAUT, se han otorgado al menos seis suspensiones provisionales en igual número de amparos admitidos en el Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Ciudad de México.
En esos fallos se argumenta -preliminarmente- que el padrón violenta el derecho al libre acceso a la información, contemplado en el artículo 6 de la Constitución, además de que también trasgrede el derecho a la protección de los datos personales, incluyendo aquellos que se definen como datos sensibles, entre los que se incluyen los biométricos.
Los datos biométricos son todas las propiedades físicas, fisiológicas, y de comportamiento que nos hacen identificables a los individuos, como nuestras huellas dactilares, el iris, la retina, la forma y características de nuestro rostro, y hasta nuestra voz, entre otros.
Opciones probono
El abogado Jorge Álvarez Banderas, por ejemplo, ha proporcionado su Whatsapp para interponer los amparos de quienes no quieran registrar sus datos biométricos en el PANAUT. Puedes mandarle un mensaje a este número 4433181868, o enviarle un correo a [email protected] Quienes prestarán este servicio sin costo son integrantes del cuerpo académico de derechos humanos y garantías jurisdiccionales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
Así mismo, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) dijo a ALTO NIVEL que ya trabaja en un formato público y gratuito de amparo contra el padrón, el cual contendrá las instrucciones para interponerlo, por lo que también puedes esperar a que esté listo ese documento. Para estar al pendiente te recomendamos acudir a la página web de la RD3 (https://r3d.mx/) o a su cuenta de Twitter (https://twitter.com/R3Dmx)
Por otra parte, El abogado Luis Pérez de Acha, junto con otros profesionistas y organizaciones, colaboran Pro Bono para presentar un amparo colectivo en contra del Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil. El amparo Pro Bono aplica solo para personas físicas titulares de las líneas telefónicas.
Si te interesa, puedes enviar un correo a [email protected], para que te envíen el formulario y las instrucciones sobre cómo proceder. La fecha límite para recibir la información es el 21 de mayo de 2021.
Los abogados se encargarán de presentar la demanda de amparo y dar seguimiento al juicio, así como dar a conocer los avances y resultados. No tienes que pagar nada.
De su lado, convertido en todo un rockstar del amparo contra el PANAUT, está el abogado Jesús Valles Aragón, quien fue el primer litigante en redactar una demanda para combatir la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, publicándola para beneficio de la sociedad mexicana en su cuenta de Twitter (https://twitter.com/VallesAragon).
Valles Aragón comenta que se sorprendió de la amplia acogida que tuvo su demanda de amparo, hecha pública de manera desinteresada y sin costo alguno, la cual ya ha sido distribuida miles de veces a través de Whatsapp.
Otro abogado que también hizo un formato de amparo y lo puso a disposición del público es Alberto Mansur, de Mansur abogados. En este hilo de Twitter encuentras esa demanda:
De igual forma, el despacho Báez-Rodríguez & Álvarez abogados ofrece un formato de amparo a través de Facebook, lo puedes ver aquí. En esta publicación se encuentra un número de Whatsapp para ser orientado al respecto.
La Comisión Mexicana de Derechos Humanos adelantó que igualmente promoverá un amparo contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, pues este organismo califica la reforma como autoritaria, improvisada y violatoria de los derechos de los mexicanos. Su página web es esta: http://cmdpdh.org/
Alcances del amparo
Es importante señalar que las suspensiones provisionales, o incluso las definitivas, que se otorguen en los amparos que se promuevan contra el PANAUT, no garantizan que se vayan a conceder los amparos en las sentencias finales, que resuelvan el fondo de los juicios. Toma en cuenta que esta es una temática nueva, y que incluso la resolución definitiva de las impugnaciones podría darla la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Las suspensiones son solo una medida cautelar o preliminar que permiten proteger al quejoso, y mantienen la materia del amparo.
Otro aspecto a destacar es que aun no se emiten los lineamientos que harán operativo este padrón, los cuales son responsabilidad del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que tiene un plazo de seis meses para elaborar esas reglas.
Cuando esto ocurra, y los lineamientos sean publicados en el Diario Oficial de la Federación, la situación jurídica puede cambiar, y esto es una causal para que los amparos sean sobreseídos (concluidos) sin una sentencia de fondo.
De presentarse esta situación, habría que promover otro amparo en contra de las directrices que emitirá el IFT. En este escenario, debemos considerar que el último párrafo del artículo 128 de la Ley de Amparo establece que las normas generales del Instituto Federal de Telecomunicaciones, como lo serán los lineamientos del PANAUT, no pueden ser objeto de suspensión.
Esto quiere decir que podrás promover amparo en contra de los lineamientos del IFT, pero en esas demandas no puede otorgarse ningún tipo de suspensión, por lo que habrá que esperar hasta la sentencia del juicio.
No obstante, esto no quiere decir que tu línea de celular vaya a ser cancelada, pues el plazo que señala la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones, para llevar a cabo el registro de los datos biométricos, es de dos años.
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Plazos y pasos específicos
Ahora bien, si optas por promover ahora tu amparo, sin esperar a que sean publicados los lineamientos del PANAUT, lo cual es lo más recomendable, la demanda debe promoverse antes del 31 de mayo, que es cuando se cumplen los 30 días de la entrada en vigor de la reforma, tomando en cuenta que los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Amparo consideran como días inhábiles los sábados y domingos, además del 5 de mayo.
Una vez que hayas llenado el formato de la demanda, debes firmarla al final, y plasmar tu rúbrica al calce en cada una de sus páginas (en el lado derecho de las hojas), luego hay que sacarle 10 copias, una de estas será tu acuse de recibo.
Todo esto lo debes presentar en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación. Hay una oficina en cada entidad federativa del país.
El juicio de amparo también puede llevarse en línea, y presentarse por internet, para ello necesitas tener tu firma electrónica del SAT. Si crees que para ti es más conveniente esta opción, el abogado Jorge Álvarez Banderas, que mencionamos al principio, es experto en esta alternativa.
Para darle seguimiento a la demanda es recomendable que sí acudas con algunos de los abogados que están prestando servicios probono, pues cabe la posibilidad de que algunas demandas sean rechazadas o impugnadas por las autoridades, lo que tiene solución, ya que en contra de esos actos se pueden promover una queja o una revisión, según sea el caso, aunque para eso sí se necesita la asesoría de un litigante.
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